Más información
Regulación de los carnés de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León
¿Quién puede solicitar el carné de usuario/a?
- Ciudadanos
- Representantes legales
¿Qué requisitos debe cumplir?
Para las solicitudes
Los requisitos para la solicitud de expedición de las distintas modalidades de carné de usuario, solicitud de duplicados o copias sucesivas, así como la anulación del carné son los siguientes:
- Carné infantil‐juvenil, que se expedirá a los usuarios hasta los trece años. El carné infantil‐juvenil será solicitada por el padre, por la madre o por otro representante legal del menor y deberá estar firmado por estos, aun cuando el carné se expida a nombre de aquel.
- Carné de adulto, destinada a los usuarios con edad igual o superior a catorce años.
Para los restantes tipos de carné, ver el siguiente documento:
Requisitos (95 kbytes)
Para las comunicaciones
Comunicación de modificación de datos del usuario:
- El usuario está obligado a mantener actualizados los datos incluidos en la solicitud del carné de usuario, tales como dirección postal, teléfono o correo electrónico.
- El titular del carné de usuario o el padre, la madre o cualquier otro representante legal del menor, en el caso de carné infantil-juvenil, comunicará cualquier modificación que se produzca o error que detecte en los datos expresados en la solicitud del carné de usuario. La comunicación se realizará a cualquiera de las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León y preferentemente, a la biblioteca de adscripción.
Comunicación de pérdida de la carné de usuario:
- El titular de la carné de usuario y en el caso de carné infantil-juvenil, el padre, la madre o cualquier otro representante legal del menor, deberá comunicar el extravío o sustracción del carné de usuario.
- La comunicación se realizará en el plazo más breve posible a cualquiera de las bibliotecas señaladas y preferentemente, a la biblioteca de adscripción.
¿Qué documentos necesita?
Las solicitudes de expedición, de duplicados o copias sucesivas y de anulación de la carné de usuario se formalizarán en los correspondientes formularios que estarán disponibles en todas las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León, así como a través de la aplicación informática:
Tarjeta de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León (TABI)
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación. Cuando la solicitud se presente de forma telemática, los citados documentos se digitalizarán y aportarán como archivos anexos.
Documentación (80 kbytes)
Las comunicaciones de modificación o pérdida se formalizarán en los correspondientes formularios que estarán disponibles en todas las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León, así como a través de la aplicación informática «Tarjeta de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León» (TABI).
¿Qué plazo tengo para presentar solicitudes y comunicaciones?
Abierto de forma permanente
Lugar y forma de presentación
- Presencial:
- Electrónico:
- Por Internet, a través de la aplicación informática:
Tarjeta de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León (TABI)
- Los interesados que deseen utilizar la aplicación deberán disponer de DNI electrónico (DNIe) o de un certificado electrónico reconocido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si no se dispone de DNI o certificado electrónico, se puede utilizar la aplicación para cumplimentar el formulario de solicitud o de comunicación que se desee presentar.
Legislación aplicable
- Orden CYT/703/2012, de 16 de agosto, por la que se regula el régimen de tarjeta de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León (BOCyL 03-09-2012)
- Orden CYT/704/2012, de 16 de agosto, por la que se aprueba la aplicación electrónica “Tarjeta de usuario del Sistema de Bibliotecas de Castilla y León” (TABI) (BOCyL 03-09-2012)
- Orden CYT/1527/2011, de 21 de noviembre, por la que se procede a la modificación del fichero automatizado de datos de carácter personal denominado “Usuarios de las bibliotecas de Castilla y León”.
- Orden HAC/223/2012, de 21 de marzo, por la que se modifica el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación
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Normativa: