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Préstamo interbibliotecario

El servicio de Préstamo Interbibliotecario (PIB) permite conseguir de otro centro, por espacio de un tiempo determinado y con unas condiciones específicas, materiales que no se encuentran entre los fondos de la biblioteca.

Puede utilizar este servicio cualquier persona que disponga de la tarjeta de usuario adulto de la biblioteca y no esté sancionado por retrasos en devoluciones, etc.

Preguntas frecuentes sobre el PIB

¿Qué materiales se pueden solicitar?

Como norma general se puede solicitar cualquier tipo de material disponible en las bibliotecas. Sin embargo, en determinados casos, hay que contar con posibles limitaciones:

  • Solo se podrán solicitar documentos que no se encuentren en la biblioteca ni en otra biblioteca de acceso público de la localidad
     
  • Los fondos patrimoniales de conservación (Depósito Legal y fondo antiguo), algunas obras de referencia (diccionarios, enciclopedias, etc.) o los materiales frágiles con necesidades especiales de conservación, están excluidos del servicio
     
  • Los videojuegos y juegos de mesa están excluidos de ete préstamo. Algunas bibliotecas excluyen además algunos materiales como DVDs o CD-ROMs
     
  • En el caso de novedades editoriales y películas, solamente se podrán solicitar aquellas en que hayan trascurrido 3 meses desde la fecha de registro en la biblioteca propietaria, cuando se hayan editado en el año en curso o anterior. Lo editado con anterioridad se puede pedir siempre
     
  • Cada usuario podrá solicitar al mes un máximo de cuatro documentos y sus anejos correspondientes. Un mismo usuario no podrá solicitar dos veces el mismo documento; deberá esperar al menos seis meses para volver a hacerlo.

Cuando se solicitan artículos de publicaciones periódicas o partes de una obra se proporcionará una copia digital o en papel que abonará el usuario.

¿Qué hacer para solicitar un Préstamo Interbibliotecario?

Para formalizar la petición deberá rellenar el formulario de solicitud de Préstamo Interbibliotecario que le será facilitado en la biblioteca. También puede solicitarlo a través de internet, rellenando el formulario correspondiente en los enlaces de la columna de la derecha.

Cada usuario  podrá solicitar al mes un máximo de cuatro documentos y sus anejos correspondientes. Un mismo usuario no podrá solicitar dos veces el mismo documento; deberá esperar al menos seis meses para volver a hacerlo.

¿Cómo rellenar el formulario de solicitud de Préstamo Interbibliotecario?

Además de los datos personales y de localización del usuario, es muy importante que los datos bibliográficos del documento sean correctos y suficientes para su identificación.

Cuando la identificación del documento pueda ofrecer alguna duda, se debe completar la casilla de Fuente bibliográfica, citando la obra donde se ha visto descrito el documento y adjuntando incluso una fotocopia de la fuente de referencia.

¿Cuál es la sanción si no recojo el material solicitado en el plazo estipulado?
La sanción es de 14 días naturales de inhabilitación para el préstamo de cualquier tipo de material y en cualquier plataforma de recursos web (CineCyL, eBiblio...).
¿Puedo solicitar un Préstamo Interbibliotecario si tengo una sanción en mi tarjeta de usuario?

El Préstamo Interbibliotecario no siempre es gratuito.

Cuando se trata de un préstamo entre bibliotecas públicas, los gastos de envío y devolución de las obras son generalmente asumidos por la institución.

Sin embargo, hay bibliotecas (universitarias, nacionales, de investigación, extranjeras, etc.) que aplican sus propias tasas por este servicio, y en ese caso, los costes generados son por cuenta del usuario.

En el caso de solicitud de reproducciones, el usuario deberá abonar las tasas oficiales aplicadas por la entidad suministradora y comprometerse a un uso acorde a la legislación vigente sobre Propiedad Intelectual.

Puede solicitar un presupesto previo en su biblioteca o indicar el coste máximo que está dispuesto a asumir en el formulario de petición.

¿Cuánto cuesta este servicio?

Las peticiones se gestionan en cada caso por el procedimiento más rápido: correo electrónico o fax.

Los plazos de respuesta dependen del tipo de documento que se solicita y de la biblioteca proveedora. Aspectos tales como si el libro está prestado, si se ha de reproducir, etc., pueden retrasar sensiblemente el envío.

¿Cuándo se recibe el documento?

En cuanto se recibe el documento solicitado se informa al interesado por teléfono, correo electrónico o correo postal.
Es muy importante que los datos de localización del usuario estén actualizados en su ficha de usuario de la biblioteca.

En caso de que el usuario no recoja los documentos que solicitó en un plazo de seis días desde su notificación, se le sancionará sin poder utilizar los servicios de la red de bibliotecas durante una semana.

¿Cómo se informa al usuario de la llegada del material solicitado?

El plazo de préstamo viene dado por la biblioteca suministradora, pero generalmente es de 30 días para los libros y de 7 días para los materiales audiovisuales. Verifique con su biblioteca el plazo de préstamo en cada caso.

El usuario es el responsable de la obra prestada y de su devolución y como tal deberá responder ante la biblioteca prestataria, aunque sea a través de la biblioteca desde la que solicitó el préstamo.

¿Cuál es la duración del préstamo?

Las condiciones de uso de los materiales solicitados las establece la biblioteca suministradora.

En la mayor parte de los casos es posible el préstamo a domicilio de las obras que se obtienen a través de este servicio, pero en otros, el usuario deberá consultar en su propia biblioteca el documento solicitado.

¿Puedo llevarme a casa los materiales solicitados?

No, deberá esperar a que finalice el periodo de sanción estipulado por la biblioteca.